Derechos de enganche: todo lo que necesitas saber

Derechos de enganche: todo lo que necesitas saber

¿Qué son los derechos de enganche y para qué sirven?

Para ciertos trámites relacionados con la luz, como dar de alta o la activación del suministro, hay que pagar unos derechos a la distribuidora, uno de ellos es el de los derechos de enganche.

¿Qué son los derechos de enganche y cuándo es necesario pagarlos?

Cuando se da de alta el suministro de electricidad en la vivienda, es necesario pagar los derechos de enganche. Estos derechos se abonan en concepto de conexión a la red eléctrica y acceso al suministro a la distribuidora de luz. Es decir, son los costes asociados a la instalación y conexión del servicio eléctrico en la vivienda.

Los derechos de enganche son necesarios en diferentes situaciones:

  • Alta de suministro eléctrico en una vivienda nueva: si es una vivienda de nueva construcción o la propiedad no tenía conexión eléctrica previa, se deberán abonar los derechos de enganche al dar de alta el servicio de luz.
  • Restablecimiento del suministro: si el suministro eléctrico se ha interrumpido por falta de pago u otras razones, se deberán pagar los derechos de enganche al solicitar la reactivación del suministro.
  • Modificación de la potencia contratada: si decides bajar o subir la potencia eléctrica contratada en la vivienda, también se deberán pagar los derechos de enganche correspondientes a esta modificación.

Los derechos de enganche se abonan en la primera factura a la compañía comercializadora, que se los hará llegar a la empresa distribuidora de luz.

Precio y forma de abonar los derechos de enganche de la luz

El precio de los derechos de enganche de la luz es precio fijo de 9,04 €/kW más IVA, establecido y regulado por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, pero el precio total dependerá de las acciones que precise realizar el técnico y de si se trata de alta o baja tensión.

Tensión Coste derecho enganche (sin IVA)
Baja tensión hasta 9.2 Kv 9,04 €
Alta tensión hasta 36 Kv 79,49 €
Alta tensión entre 36 Kv y 72,5 Kv 266,75 €
Alta tensión mayor que 72,5Kv 374,54 €

Forma de abonar los derechos de enganche de luz

Los derechos de enganche se abonan en la primera factura a la compañía comercializadora, y esta lo abona a la empresa distribuidora.

¿Cómo la potencia contratada afecta a los derechos de enganche?

La potencia contratada es un concepto fijo en la factura de la luz que permite el uso simultaneo de energía, es decir, cuántos electrodomésticos se pueden usar a la vez. Si la potencia contratada no está bien ajustada, puede suceder que salte el diferencial con mucha frecuencia o que se pague de más al final de mes.

Es importante tener en cuenta que la modificación de la potencia contratada puede estar sujeta al pago de derechos de enganche adicionales. Esto se debe a que el cambio en la potencia implica ajustes en la instalación eléctrica para asegurar un suministro seguro y adecuado a tus necesidades.

Al solicitar la modificación de la potencia contratada, es probable que la compañía eléctrica realice una evaluación técnica para determinar los ajustes necesarios y los costes asociados. Estos pueden incluir los derechos de enganche correspondientes a la nueva potencia contratada, así como los gastos de mano de obra y materiales necesarios para llevar a cabo las modificaciones.

Cómo modificar la potencia contratada

A la hora de subir o bajar la potencia contratada, el cliente se deberá poner en contacto con la compañía eléctrica y facilitar los siguientes datos:

  • Datos del titular del contrato (nombre, apellidos, DNI).
  • Datos bancarios del titular.
  • Número CUPS de luz.
  • Potencia actual y nueva potencia.
  • Boletín eléctrico.

En caso de un cambio de tarifa ¿se deben pagar nuevos derechos de enganche?

Si se opta por el cambio de tarifa eléctrica, no implica el pago de derechos de enganche adicionales. Los derechos de enganche están principalmente relacionados con la conexión y el alta del suministro, así como con cambios en la potencia contratada.

Cuando se cambia de tarifa, lo que se hace es modificar el tipo de contrato y las condiciones de facturación del suministro eléctrico. Esto implica ajustes en la configuración del contrato, pero no necesariamente requiere cambios en la instalación eléctrica ni la conexión física a la red.

Es importante tener en cuenta que, al cambiar de tarifa, es posible que se apliquen otras tarifas o condiciones contractuales que podrían afectar a los costos de suministro eléctrico, por ejemplo, la permanencia.

Por ello, es recomendable revisar el contrato antes de realizar el cambio de tarifa de luz.

Otros derechos en la factura de la luz: extensión, acceso y acometida

Además de los derechos de enganche, existen otros relacionados con algunos trámites de luz: extensión, acceso y acometida. Estos derechos están asociados a la ampliación de la red eléctrica y a la conexión del suministro con la red general.

¿Qué son los derechos de extensión y acceso y cuál es su precio?

Los derechos de extensión y acceso se refieren al coste que se debe abonar por la ampliación y la conexión del suministro eléctrico a la red general de distribución. Estos derechos se aplican cuando:

  • Se da de alta la luz por primera vez.
  • Se reactiva un suministro, dado de baja hace más de 3 años.
  • Se aumenta la potencia contratada.

El coste de los derechos de extensión de acceso es:

17,37 €/kW x kW de potencia aumentada

Lo más preguntado

¿Cuántas veces se pagan los derechos de acceso?

Cuando se realiza el alta de luz o bien cuando se realiza el aumento de potencia.

¿Cuánto cuestan los derechos de extensión?

El precio de los derechos de enganche de la luz es precio fijo de 9,04 €/kW más IVA.

¿Cuándo se paga el enganche de la luz?

Los derechos de enganche de luz se abonan en la primera factura, una vez realizado el trámite.

¿Quién hace el enganche de la luz?

Se encarga de realizar los trámites del enganche la comercializadora. Esta recibirá el importe fijado en cada caso, cobrado a través de la factura, y se pondrá en contacto con la distribuidora para que proceda.

¿Cómo saber si mi vecino está enganchado a mi luz?

El proceso para comprobar si alguien está enganchado a nuestra línea eléctrica es muy sencillo. Lo único que hay que hacer es acudir al contador y apuntar el consumo total registrado en ese momento. Y bajar, en el domicilio, todos los magnetotérmicos para evitar el consumo general.

Se recomienda dejar los magnetotérmicos desconectados durante un tiempo que oscile entre 15 minutos y media hora con el fin de evitar cualquier tipo de consumo. Pasado este tiempo y con los térmicos bajados, regresar al contador al cuarto de contadores. Si todo está correcto, el contador no registrará ningún consumo.

Si tienes más dudas sobre este tema o quieres hacernos alguna consulta concreta, puedes escribirnos a través de nuestro Buzón del Experto. Estaremos encantados de poder hablar contigo.

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